Margarita Salinas Abogados

La importancia de hacer testamento

Es aconsejable hacer testamento para determinar a quién se quiere dejar nuestro patrimonio. Es un acto de responsabilidad que se debe afrontar si no se quiere quedar a nuestros seres queridos sin nuestra protección económica una vez que nos llega el día de fallecer.

¿Cómo se reparte la herencia si no se ha dejado testamento?

En este caso, pasará toda la herencia a los familiares más cercanos por el siguiente orden excluyente:

1- Los hijos a partes iguales y si alguno falleció y dejó nietos, a estos les corresponde la porción de su progenitor a partes iguales (derecho de representación).

2- Los padres y demás ascendientes (abuelos, bisabuelos)

3- El cónyuge viudo no separado legalmente ni de hecho.

4- Los hermanos y sobrinos; tíos y por último los primos.

5- El Estado.

Situaciones que pueden perjudicar a seres queridos si no se hace testamento

– Si no se deja testamento la ley no reconoce como herederos a las parejas de hecho. Por lo que podría darse el caso de que la persona más cercana, a la que más se quiere, no sólo se quede sin su ser querido sino que además acabe desprotegida económicamente por no poder percibir nada de la herencia que se le pudiera dejar.

– Otra situación que puede dar lugar a situaciones injustas y que es más habitual de lo que pueda parecer en un principio es el del matrimonio sin hijos ni ascendientes ni testamento, en este caso si fallece uno de los cónyuges el otro heredará todo, pudiendo recibir un bien que siempre tuvo un significado especial para la familia de cónyuge fallecido. Cuando muera el segundo cónyuge sin testamento, quien herede aquel bien será alguien de la familia del segundo fallecido, despojando de esta forma a una familia de una propiedad que recibirá otra que a lo mejor no la aprecia debidamente.

¿Si hago testamento puedo disponer de mis bienes como quiera?

Nuestro ordenamiento establece la institución de la legítima, que es la porción de bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

¿Quiere dejar testamento y tiene hijos o nietos?

En estos casos la herencia se compondrá de tres partes iguales: la legítima estricta, el tercio de mejora y el tercio de libre disposición.

1. El tercio de legítima estricta, es la porción de la herencia que se divide entre todos los hijos a partes iguales, y si uno de estos hijos ya había fallecido pero dejó nietos, la parte que le pudiera corresponder a este hijo se repartirá entre ellos.

2. El tercio de mejora, se distribuirá obligatoriamente entre los hijos o nietos, pero dejando al testador la posibilidad de repartirlo libremente entre ellos como bien le parezca.

3. Por último el tercio de libre disposición es la parte que libremente el testador puede dejar a quien considere oportuno, pudiendo ser cualquier persona o institución sin necesidad de dar explicación alguno del motivo de repartirlo así.

También hay que tener en cuenta al cónyuge viudo, que tiene derecho a parte de la herencia por disposición de la ley, normalmente como usufructo.

Esta explicación es general, porque hay circunstancias especiales a tener en cuenta, como las desheredaciones de estos familiares legitimarios, o la Cautela Socini a favor del cónyuge viudo, las donaciones en vida, los legados, etc.

¿Quiere dejar testamento y no tiene descendientes pero si ascendientes?

En este caso tendrá que respetar en el testamento una parte de la herencia para sus padres o abuelos, porción que será distinta según si se deja cónyuge viudo:

1. Si el testador dejó cónyuge viudo no separado, la legítima de los ascendientes será de 1/3 de la herencia.

2. Si el testador no dejó cónyuge, o estaba separado legalmente o de hecho le corresponde a estos ascendientes 1/2 de la herencia.

¿Quiere dejar testamento y no tiene descendientes, ascendientes ni cónyuge?

Si no tiene a ninguno de estos familiares y quiere dejar testamento entonces es cuando podrá disponer de todos sus bienes como considere oportuno dejándole toda o parte de la herencia a su pareja de hecho, o repartiéndola entre otros familiares más lejanos, o terceras personas con las que tenga una relación especial, o personas jurídicas.

Le aconsejamos que consulte con un especialista para que le asesore cómo puede repartir la herencia correctamente y se lleve a cabo su última voluntad.

Puede contactar conmigo vía online a través de la sección de contacto, llamando al 666 53 91 32, o acudiendo a mi oficina en Avda. Tres Cruces, 19 Entreplanta 2 en Zamora.

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